Avisos Legales
Nacional

Adelanto de vacaciones: Padres y apoderados podrán trabajar de manera telemática

Por: Edgar Pfennings de la Vega | Publicado: 15.06.2022
Adelanto de vacaciones: Padres y apoderados podrán trabajar de manera telemática Teletrabajo (imagen referencial) | Agencia Uno
Un dictamen de la Dirección del Trabajo definió esta alternativa luego de que el gobierno decidió extender y reagendar las vacaciones escolares de invierno, las que serán entre el 30 de junio y el 25 de julio.

Un dictamen de la Dirección del Trabajo (DT) estableció que madres, padres y cuidadores podrán trabajar telemáticamente en el contexto de las vacaciones escolares de invierno, luego de que las autoridades las adelantaran.

La publicación del escrito de la DT se da al día siguiente de que los ministerios de Salud y Educación anunciaron que el descanso invernal para los colegios públicos y privados se adelantará una semana y se extenderá por siete días más.

La decisión responde a la alta demanda de las urgencias de los servicios de salud por enfermedades respiratorias y, en definitiva, estableció que las vacaciones entre las regiones de Arica y Parinacota y de Los Lagos serán desde el 30 de junio al 25 de julio.

Quienes podrán hacer uso de este beneficio son los «trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña en etapa preescolar», así como quien «tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de 12 años, que se vea afectado por dichas circunstancias y la autoridad adoptare medidas que impliquen el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia a los mismos».

En el primer caso, «si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta prerrogativa«, detalla el dictamen.

En caso del segundo grupo, los padres, madres o cuidadores deberán indicar en una declaración jurada que ejercen las labores de cuidado “sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta”.

El dictamen también contempla a cuidadores de personas con discapacidad. Para acreditar la situación de estas personas se recurrirá al Registro Nacional de Discapacidad.

Revisa el dictamen completo de la Dirección del Trabajo a continuación:

Dictamen de la Dirección de… by Edgar Pfennings

Déjanos tus comentarios
La sección de comentarios está abierta a la reflexión y el intercambio de opiniones las cuales no representan precisamente la línea editorial del diario ElDesconcierto.cl.