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DC plantea 14 puntos a modificar en nueva Constitución: Incluye revisar normas sobre aguas

Por: Daniel Lillo | Publicado: 08.08.2022
DC plantea 14 puntos a modificar en nueva Constitución: Incluye revisar normas sobre aguas Nueva Constitución | Agencia Uno
Entre los puntos planteados por la Falange figuran la modificación de las atribuciones de las cámaras de Diputados y Territorial, la extensión del periodo presidencial sin opción de reelección inmediata, el cambio del nombre de Regiones a Senado y la revisión de los artículos que estén relacionados a temas de pueblos originarios.

Con miras al Plebiscito de Salida a realizarse el 4 de septiembre, la Democracia Cristiana (DC) presentó una declaración que contiene 14 puntos a mejorar en la propuesta de Nueva Constitución.

La propuesta de la DC se da en medio de las negociaciones del oficialismo, tras las declaraciones del Presidente Gabriel Boric, quien instó a los partidos que van por el Apruebo a ponerse de acuerdo en puntos a mejorar en la propuesta constitucional.

El texto parte reafirmando su respaldo al Apruebo, aunque expone que “hay materias que no quedaron bien resultas y que requieren de modificación”.

En esa misma línea, la carta expone que estas reformas deben ser revisadas apenas entre en vigencia la Nueva Constitución.

Entre los puntos que presenta la propuesta de modificación destaca el cambio en las atribuciones de las cámaras de Diputados y Territorial, la extensión del periodo presidencial sin opción de reelección inmediata, cambiar el nombre de Regiones a Senado y la revisión de los artículos que estén relacionados a temas de pueblos originarios.

Los puntos que señala la carta:

  • Reincorporar la iniciativa exclusiva del presidente(a) de la República en materia de gasto fiscal.
  • Regular el sistema electoral en la Constitución para evitar la excesiva proliferación de partidos pequeños y cambiar la nomenclatura de «organizaciones políticas» por «partidos políticos».
  • No permitir la reelección del presidente(a) de la República y evaluar la extensión de dicho periodo a 5 ó 6 años.
  • Reincorporar el Estado de Excepción de Emergencia.
  • Aumentar las facultades de la Cámara de las Regiones para incluir la Seguridad Social, la regulación del agua y toda iniciativa que irrogue gasto. Asimismo, proponemos que se llame Senado de las Regiones.
  • La elección de la Cámara de las Regiones debe ser simultánea con la elección Presidencial y del Congreso de Diputadas y Diputados.
  • Revisar las restricciones a la legitima comercialización de las autorizaciones de uso de agua, pero que el fin para el que se otorgó sea inamovible. Asimismo, las autorizaciones de uso deben ser por un tiempo que permita el uso eficiente del agua y de los proyectos productivos. Junto con establecer requisitos para su otorgamiento, la ley deberá establecer formas claras de limitación que no den lugar a arbitrariedad de la administración.
  • En cuanto a la restitución de tierras para los pueblos indígenas, el órgano encargado de dicho propósito podría ser creado por ley y en la designación de sus integrantes tengan participación otros órganos del Estado.
  • Se debe revisar la integración de la Corte Constitucional, ya que se mantiene la designación de tres ministros por parte del presidente de la República, sin que existan contrapesos.
  • Evaluar los nombramientos del Consejo de la Justicia: Corte Suprema, TC, TCE y los TER. Se está creando por vía nombramiento un órgano muy relevante. Permitir que otras autoridades tengan participación en el nombramiento de jueces y juezas para que esa atribución no se concentre únicamente en el Consejo. Asimismo, hay que revisar la integración del Consejo de la Justicia para asegurar su buen funcionamiento según sus competencias.
  • Se podría examinar la reposición del control de constitucionalidad preventivo de los proyectos de ley, pero sólo por vicios de forma en la tramitación de la ley. Asimismo, se debería evaluar el control preventivo de constitucionalidad de los tratados, considerando que luego tendrán rango constitucional.
  • Concordar la referencia al consentimiento de los pueblos y naciones indígenas aludida en el artículo 191, a los efectos de que el procedimiento de consulta previa se ajuste plenamente a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT.
  • Se deben regular con más detalle la justicia indígena en el texto constitucional, señalando que es de naturaleza voluntaria, que sólo se aplica a personas que forman parte de un mismo pueblo originario, y para determinar en qué materias seria competente.
  • Se debe revisar el concepto de territorio indígena y explicitar solo tierras, para no generar confusión.
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