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Suprema determina que sicario del Tren de Aragua debe enfrentar un juicio para ser extraditado

Por: Daniel Lillo | Publicado: 16.02.2023
Suprema determina que sicario del Tren de Aragua debe enfrentar un juicio para ser extraditado Satanás, líder del Tren de Aragua | Agencia Uno
El máximo tribunal sustituyó la orden de extradición inmediata por una diferida, argumentando que el sujeto sindicado como uno de los líderes de la banda venezolana, debe enfrentar el juicio y posterior condena, para recién ser entregado a las autoridades venezolanas.

La Corte Suprema acogió un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, determinando que Hernán Landaeta Gartoni, sicario del Tren de Aragua, conocido como “Satanás”, debe enfrentar un juicio y posterior condena para luego ser extraditado a Venezuela.

La resolución se da luego que la ministra instructora María Cristina Gajardo, diera lugar a la solicitud de extradición que presentó Venezuela, con la que buscaba repatriar al sujeto para ser juzgado por un homicidio que habría perpetrado en dicho país en 2015.

Sin embargo, el máximo tribunal dio la razón al Ministerio Público que presentó un recurso de apelación, argumentando que para determinar la participación del sujeto en los graves delitos que se le imputan, debe estar presente en el país.

Tras ser detenido en marzo de 2022, el sicario, también conocido como “el mata policías”, fue formalizado junto a 10 compatriotas, sindicados como integrantes del cartel venezolano, el Tren de Aragua.

En concreto, el sujeto fue formalizado por los delitos de asociación ilícita, secuestro extorsivo, robo con intimidación, secuestro con homicidio, usurpación de identidad, tenencia ilegal de arma de fuego, tenencia ilegal de municiones, y trata de personas con fines de explotación sexual.

En ese sentido, la Suprema determinó que a raíz de la gravedad de los delitos que se le imputan, estos “deben ser investigados penalmente y para ello se hace necesaria la presencia del imputado en Chile hasta la completa ejecución ya sea de la investigación o ejecución de las eventuales penas que arriesga”.

A raíz de dicho argumento, se determinó negar la extradición inmediata y sustituirla por una diferida, lo que significa que el sujeto podrá ser repatriado a Venezuela una vez culminada la investigación y haya cumplido una eventual condena.

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