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Corte anula condena a carabinero por apremios ilegítimos contra niñas y ordena nuevo juicio

Por: Cristian Neira | Publicado: 14.04.2023
Corte anula condena a carabinero por apremios ilegítimos contra niñas y ordena nuevo juicio Imagen referencial de Carabineros durante el estallido social | Agencia Uno
El caso se remonta al estallido social, donde el funcionario de Carabineros de Chile fue acusado y condenado de cometer apremios ilegítimos contra dos niñas menores de edad. La Corte anuló la condena y ordenó un nuevo proceso.

Este viernes se informó que la Corte de Santiago decidió acoger el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de un funcionario de Carabineros de Chile que fue condenado por apremios ilegítimos a dos niñas menores de edad, durante el estallido social.

Cabe indicar que, en este caso, la pena de prisión fue sustituida por la libertad vigilada intensiva; se anuló la sentencia y el juicio oral que la precede, y se ordenó se cite a nueva audiencia de juicio oral.

De acuerdo al fallo, “el recurrente alegó que se falló sin indicar las razones legales ni doctrinales para calificar los hechos como un delito de apremios ilegítimos, en cuanto no existe ningún argumento en la sentencia que acredite que se trata de un hecho doloso”.

No puede determinarse la concurrencia de un ánimo especial lesivo y apremiante únicamente sobre la base de la producción del resultado lesivo mismo, ya que, acarrearía una presunción de derecho del dolo y, por consiguiente, de la responsabilidad penal”, añade la argumentación.

Es más, la defensa aduce que “en el fondo se nos dice que hubo intención de causar sufrimiento porque las víctimas sufrieron, es decir, para el tribunal basta que hayan sufrido para entender que esa fue la intención del agente, ¿por qué?, no se sabe”.

En ese sentido, la Corte de Santiago llegó al razonamiento que “de la lectura del fallo, cabe preguntarse si ¿éste cumple con el estándar que impone el artículo 342 cuando exige exponer claramente los hechos e indicar las circunstancias probadas o las razones legales o doctrinarias para calificarlos?, ¿Dijo la sentencia si el tipo penal por el cual decide sancionar –apremios ilegítimos- requiere dolo directo o dolo eventual y en caso de optar por uno u otro qué, razones hay para configurarlo? La respuesta es no”.

En base a esas consideraciones, la Corte de Santiago acogió el recurso de nulidad, invalidó la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal y ordenó que se fije una nueva audiencia de juicio oral.

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