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Claudio Crespo pierde recurso contra Campillai por tratarlo de «violador de derechos humanos»

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | Publicado: 15.12.2023
Claudio Crespo pierde recurso contra Campillai por tratarlo de «violador de derechos humanos» | Agencia Uno
Claudio Crespo fue acusado de percutir los disparos que provocaron la ceguera del estudiante Gustavo Gatica y había interpuesto un recurso de protección en contra de la senadora Fabiola Andrea Campillai Rojas, quien lo tildó como violador de derechos humanos. Revisa más detalles aquí.

En el año 2019, en pleno auge del estallido social, el exteniente coronel de Carabineros, Claudio Crespo percutó los disparos que provocaron la ceguera del estudiante Gustavo Gatica, un hecho que fue conocido a nivel nacional.

El 20 de septiembre de 2023, se acogió un recurso de protección, el cual fue interpuesto por Claudio Crespo, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de apremios ilegítimos y lesiones graves gravísimas, en contra de la senadora Fabiola Campillai.

Este recurso de protección presentado por el exteniente coronel de Carabineros se llevó a cabo porque la senadora en un acto masivo en el centro de la comuna de Santiago se refirió a él como un «violador de derechos humanos» y afirmó que «la empresa familiar de Claudio Crespo» fue beneficiaria de una contratación por parte del delegado de la provincia del Maipo”.

“No puede ser que un delegado de la provincia del Maipo en donde yo pertenezco le haya pagado alrededor de 40 millones de pesos a la empresa familiar que tiene Claudio Crespo. No puede ser que el gobierno le esté pagando a un violador de derechos humanos”, fueron las palabras de la senadora Campillai en su momento.

Recurso de protección: Rechazado

Finalmente, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por Claudio Crespo, argumentando que esta acción «rebasa los límites que derivan de la naturaleza de la acción constitucional».

Además, el tribunal de alzada destaca que esta acción no se puede convertir en una especie de «sustituto de los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico con el propósito específico de atender situaciones como las que ha pretendido postular Claudio Crespo«.

«La acción constitucional ejercida no es el arbitrio adecuado ni procedente para los fines perseguidos por quien recurre, quien en este caso es Claudio Crespo«, concluye el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.

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