El domingo 17 de diciembre, jornada en la que los chilenos se acercarán a las urnas para emitir el sufragio, es feriado obligatorio, por lo que el comercio y algunos rubros estarán sujetos a modificaciones en su funcionamiento.
Ad portas del plebiscito constitucional en el que chilenos deberán votar A favor o En contra de la propuesta de nueva Constitución, nacen la duda: ¿es feriado? ¿debo trabajar?
No trabajan
Están exentos de la jornada laboral los trabajadores de malls, strip centers y complejos comerciales en todo Chile.
Por consiguiente, empleados de supermercados, grandes tiendas y servicios ubicados en estos centros no deben cumplir con sus funciones el día del plebiscito.
En caso de incumplir la norma de no funcionamiento y obligar a trabajadores a cumplir con la jornada, el comercio arriesga multas de hasta 60 UTM (casi de 4 millones de pesos chilenos).
Trabajan
Según la ley, los empleados que están exentos del feriado nacional y deben trabajan el 17 de diciembre son:
Trabajadores de supermercados que funcionen fuera de centros comerciales (malls, strip centers y complejos comerciales).
Deberán cumplir con sus funciones aquellos empleados cuyo contrato estipula sus labores como continuas e impostergables.
Campos como: tareas portuarias, labores a bordo de naves y reparaciones de fuerza mayor. También, dependientes de plataformas digitales de servicio, deportistas profesionales o actividades conexas.
Pueden también funcionar comercios y negocios independientes atendidos por sus propios dueños o familiares directos.
Vocal de mesa
En caso de el empleado haber designado como vocal de mesa, delegado del Colegio Escrutador o miembro de la Junta Electoral, debe ausentarse de la jornada laboral por el tiempo necesario para cumplir con el deber.
Permiso para votar
Estipula la ley que todo empleado que trabaje el día del plebiscito y que esté exento del feriado tiene un permiso mínimo de 2 horas para desplazarse hacia su local de votación y emitir su sufragio.
Tanto el permiso obligatorio para votar y la jornada de ausencia para cumplir con labores en locales de votación no son motivo para descuentos en remuneraciones.