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Corte de Santiago ordena entregar información de audiencias del Presidente Gabriel Boric

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | Publicado: 13.03.2024
Corte de Santiago ordena entregar información de audiencias del Presidente Gabriel Boric Presidente Gabriel Boric | Presidencia
El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago refuerza el compromiso con la transparencia gubernamental al ratificar la decisión del Consejo para la Transparencia de ordenar la entrega de información sobre audiencias presidenciales. Esta resolución subraya la importancia de garantizar el acceso a la información pública como pilar fundamental de la democracia y el estado de derecho en Chile.

La Corte de Apelaciones de Santiago ha rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto contra la resolución emitida por el Consejo para la Transparencia (CPLT).

Esta resolución detallaba sobre la entrega de información sobre las audiencias concedidas por la Presidencia de la República a particulares, representantes de organizaciones privadas y funcionarios públicos, ya sea en calidad personal o en representación de algún gremio.

El fallo emitido destaca que, según la normativa constitucional, la regla general implica la publicidad de los actos de la Administración del Estado, así como de los fundamentos y procedimientos utilizados.

Sin embargo, se aclara que se debe determinar si la información solicitada es de carácter público o está sujeta a reserva, particularmente si podría afectar datos sensibles o personales.

La resolución también hace hincapié en que existe una estructura administrativa encargada de canalizar y categorizar las solicitudes de audiencias dirigidas al Presidente, lo que no está contemplado en la ley 20730.

Esta estructura no solo recopila información existente, sino que también gestiona las audiencias solicitadas a la máxima autoridad del país, lo cual reviste un interés público.

Por otra parte, se subraya que la interpretación de la Ley 20285 no debe limitarse únicamente a los actos o resoluciones administrativas, sino que abarca toda aquella información que emane del presupuesto público, incluyendo las actividades de la Presidencia.

Finalmente, la resolución destaca la importancia del interés público en el conocimiento de las materias que la ciudadanía expone a petición, y reconoce que tener un registro sistematizado de las audiencias presidenciales es un elemento crucial para el quehacer institucional.

Con este fallo, se ratifica el compromiso con la transparencia y el acceso a la información por parte de las instituciones del Estado, fortaleciendo así los pilares de la democracia y el estado de derecho en Chile.

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