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Trabajadores “puertas adentro” suman 2 días más remunerados al mes sin actualizar contrato

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | Publicado: 30.04.2024
Trabajadores “puertas adentro” suman 2 días más remunerados al mes sin actualizar contrato Trabajadores “puertas adentro” suman 2 días más remunerados al mes sin actualizar contrato | Agencia Uno
Esta ley también trae cambios para los trabajadores «puertas adentro», quienes viven en la casa de sus empleadores. A partir de 2024, además de sus descansos regulares, recibirán dos días adicionales de descanso por mes, que serán compensados y no podrán ser convertidos en dinero. Revisa todos los detalles aquí.

En una movida significativa que afectará a numerosos hogares y trabajadores en todo el país, la Dirección del Trabajo ha aclarado cómo se aplicarán las nuevas regulaciones para los empleados domésticos, que fueron introducidas por la Ley N°21.561.

Estas modificaciones, que se implementarán de manera progresiva hasta el año 2028, buscan mejorar las condiciones laborales de quienes realizan labores de aseo y asistencia en hogares particulares.

De acuerdo con la nueva normativa, los empleados que no residen en la vivienda de sus empleadores, conocidos como trabajadores «puertas afuera», verán una reducción gradual en su jornada laboral.

Actualmente, su jornada semanal está establecida en más de 40 horas, pero esto cambiará. Para abril de 2024, la jornada se reducirá a 44 horas semanales; en 2026 disminuirá a 42 horas y finalmente, en 2028, llegará a las 40 horas semanales sin afectar sus salarios.

Esta ley también trae cambios para los trabajadores «puertas adentro», quienes viven en la casa de sus empleadores. A partir de 2024, además de sus descansos regulares, recibirán dos días adicionales de descanso por mes, que serán compensados y no podrán ser convertidos en dinero.

Estos días pueden acumularse durante un trimestre y, si no se utilizan, se compensarán al finalizar el contrato de trabajo.

Un punto importante de esta reforma es que los empleados que trabajen hasta 30 horas semanales podrán, de mutuo acuerdo con su empleador, realizar hasta doce horas extras semanales.

Estas horas extras deberán pagarse con un recargo mínimo del 50% sobre el salario hora ordinario. Sin embargo, si no hay un acuerdo escrito sobre estas horas adicionales, solo podrán trabajar hasta dos horas extras diarias para situaciones específicas y temporales.

La Dirección del Trabajo ha enfatizado que estas modificaciones son definitivas y no se permitirá ninguna jornada excepcional fuera de estas nuevas reglas.

Además, los empleadores pueden optar voluntariamente por aplicar la jornada de 40 horas antes de los plazos establecidos, como parte de un compromiso con mejores prácticas laborales.

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