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Opinión

¿Tiene sentido participar en el proceso del Consejo Constitucional?

Por: Gonzalo Delamaza | Publicado: 14.05.2023
¿Tiene sentido participar en el proceso del Consejo Constitucional? Opinion_ed_domingo_14_mayo |
Sostengo que sí tiene sentido, siempre y cuanto no se caiga en la ilusión de que con ello se logrará incidir de manera significativa en el texto constitucional –aunque sí en el proceso– y que se ponga el esfuerzo principal en las Iniciativas Populares de Norma y las Audiencias Públicas.

Luego de los resultados de la elección de consejeros y consejeras constitucionales se han vuelto más agudos los problemas ya advertidos sobre el destino de este proceso. Inicialmente se cuestionó, y con razón, el carácter excesivamente controlado por el poder constituido (Congreso) y la contradictoria figura de la Comisión Experta. Pero la composición misma del Consejo introduce nuevos problemas, por cuanto entrega poder de veto a un partido que cree inconveniente cambiar la Constitución actual y que no tocó temas constitucionales en su campaña.

A lo anterior se suma la gran cantidad de votos nulos y blancos. Aproximadamente uno de cada cinco votantes concurrió para no expresar preferencia o simplemente rechazar todas las opciones. Este fenómeno fue más intenso en las comunas populares urbanas. Siendo así, ¿tiene sentido participar en el proceso y, si es así, cómo hacerlo?

Sostengo que sí tiene sentido, siempre y cuanto no se caiga en la ilusión de que con ello se logrará incidir de manera significativa en el texto constitucional aunque sí en el proceso y que se ponga el esfuerzo principal en las Iniciativas Populares de Norma y las Audiencias Públicas.

Aparte de sus componentes de “experto/as y técnico/as” (controlados por los partidos y el Congreso) y “electo/as” (controlado por quienes no quieren cambiar la Constitución), el proceso tiene otro que es el de participación ciudadana.

En las condiciones actuales no es razonable pensar que, a través de este cuarto componente, se vaya a incidir realmente en las decisiones de un Consejo compuesto por una mayoría prácticamente sin contrapesos. Ello puesto que Republicanos controla más de dos quintos (lo que le da poder de veto) y la derecha más de dos tercios (lo que le da poder de hacer caso omiso a las propuestas de la Comisión Experta). Y el Consejo trabajará sobre el anteproyecto de la Comisión Experta, fruto del consenso parlamentario y no de la participación popular. Por último, porque los mecanismos diseñados no obligan a las y los consejeros a incluirlos en el texto sino solo a considerarlos en el debate. ¿Para qué levantar entonces iniciativas populares y solicitar audiencias?

Las iniciativas populares permitirán ingresar enmiendas a lo que proponga la Comisión Experta e ingresar en el debate constitucional en el mismo pie que las presentadas por grupos de consejero/as, si consiguen la adhesión popular.

La experiencia de la Convención demostró que el interés por apoyar iniciativas fue altísimo (casi un millón de personas), aunque el tiempo disponible para ello fue corto y el mecanismo desconocido previamente en el país. Ahora el tiempo es aún más corto (un mes), aunque el umbral de patrocinios es menor (diez mil apoyos) y el mecanismo ya se conoce. Incluso ya se tiene información sobre cuáles fueron las iniciativas populares que fueron tuvieron mejores resultados.

Lo que falta por conocer es el anteproyecto constitucional. El objetivo no debe ser presentar la mayor cantidad de iniciativas, sino aquellas que puedan concitar el mayor respaldo y tengan más organizaciones y colectivos detrás. Tiene mucho más eficacia una iniciativa con 100 mil firmas que diez con 10 mil cada una. Porque su eficacia es principalmente política y social, no constitucional.

De hecho, la campaña del rechazo otorgó gran protagonismo a algunas iniciativas populares que tuvieron amplio apoyo y que ellos consideraron que no habían sido incorporadas el texto (utilizando para ello información parcial y engañosa en varios casos). Y aunque nunca apoyaron el mecanismo de las iniciativas previamente, esta vez lo utilizaron precisamente porque eran minoría en el organismo y levantaron las propuestas desde la sociedad civil. ¿Cuál es el aprendizaje de esto? Que sin importar quien tenga la mayoría en el Consejo la ciudadanía tiene el derecho de plantear sus inquietudes y propuestas y, si tienen suficiente apoyo y difusión, se convierten en un factor relevante a la hora de tomar la decisión en el plebiscito final.

Las Audiencias Públicas también son relevantes, pero de una manera diferente y quizás complementaria. En el actual proceso es la única instancia presencial de la que dispondrán las y los ciudadanos para plantear sus puntos de vista directamente ante el Consejo. Esto será aprovechado por quienes tengan propuestas concretas que ofrecer.

Las audiencias se llevarán a cabo los días 30 de junio y 1 y 2 de julio próximos, de manera simultánea y descentralizada en todo el país, en las sedes universitarias. Es una excelente oportunidad para hacer visibles las demandas ciudadanas en un contexto de escucha y difusión pública poco frecuente en Chile.

Las audiencias serán públicas, es decir abiertas y luego difundidas íntegramente por medios digitales. El contenido de las mismas será sistematizado a través de softwares de tratamiento de este tipo de contenidos y hecho llegar al Consejo Constitucional. ¿Lo tomarán en cuenta? No lo sabemos, pero insisto en que ello no es el foco en este momento. El foco debe ser la visibilización de las demandas ciudadanas de la manera más amplia y diversa que sea posible. Aquí les cabe un rol relevante a las universidades que han sido encargadas por la Constitución de realizar esta tarea. Ellas pueden asegurar una convocatoria significativa y confiable, condiciones de acogida y escucha adecuadas, canalización de los resultados al Consejo y una difusión en sus regiones.

Todo ello puede poner de manifiesto –primero que nada ante nosotros/as mismo/as y ante el Consejo– la amplitud y variedad de requerimientos, posiciones, propuestas y sensibilidades ante el desafío de elaborar una nueva constitución. Se espera que en esas audiencias estén presentes las y los consejeros para escuchar directamente a sus mandantes. Mas tarde se podrá exigir si previamente se han hecho las propuestas.

¿Qué garantías tienen estos mecanismos y este proceso participativo? La reforma constitucional que habilitó el actual proceso confió a las universidades de Chile y Católica el rol de coordinar la participación, debiendo para ello involucrar al conjunto de universidades acreditadas. Estas instituciones han estado preparando las condiciones para llevar a cabo lo descrito, una vez que se constituya el Consejo Constitucional. ¿Qué falta? Falta conocer el anteproyecto constitucional, al menos en sus trazos principales lo antes posible. Sin duda también se necesita una difusión pública de que la participación está considerada en el proceso y cuál es su calendario y modalidades, lo que deberá comenzar a ocurrir en las próximas semanas.

El tiempo disponible es extraordinariamente breve y eso hay que contrarrestarlo. La publicidad, transparencia, trazabilidad y descentralización de la participación serán claves. Pero sobre todo falta que las propias ciudadanas y ciudadanos reafirmemos que la participación es un derecho que no depende de las autoridades, de las restricciones políticas del proceso, ni de la composición de un organismo como el Consejo o cualquier otro. Y que hagamos, por lo tanto, ejercicio de ese derecho, de cara a la decisión que tendremos que tomar en diciembre próximo.

Gonzalo Delamaza
Doctor en Sociología. Profesor titular del Centro de Estudios del Desarrollo Regional y Políticas Públicas, de la Universidad de Los Lagos.