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Opinión

Decreto 67: El fantasilandia de la educación escolar

Por: Benjamín Escobedo | Publicado: 20.12.2023
Decreto 67: El fantasilandia de la educación escolar Imagen referencial | Agencia Uno
En síntesis, encausar a partir de este decreto una cierta responsabilidad en los profesores a través de los consejos escolares, antecedentes académicos, económicos, familiares y psicológicos de un estudiante, sin duda, construye una mutilación a la vocación docente, rigurosidad intelectual, nivel pactado y objetivos ejecutados. El famoso filósofo de la Ilustración, Immanuel Kant, señaló que “el hombre había alcanzado la mayoría de edad”, o sea, tenía la capacidad de pensar, razonar, evaluar y decidir por sus propios juicios in situ, por tanto, no “releguemos” a los estudiantes de su deber, de su libertad y las consecuencias de esta última.

A finales de cada año son muchas las instancias que se desarrollan en nuestro país, entre ellas, planificar fiestas anuales, realizar balances contables, trazar objetivos y examinar el desempeño cursado. En este contexto, la denominada educación escolar también planifica su próximo año académico, repitencias del alumnado, calificaciones del semestre e informes adyacentes. Sin embargo, cada vez son más las conjeturas que se suscitan en torno a la toma de decisiones para aprobar o reprobar a ciertos estudiantes yuxtapuestos al sistema escolar, claro, con motivos y argumentos de corte empírico.

Tal vez estamos frente a una situación que subyace a la mediocridad, deficiencia e irresponsabilidad por parte del Ministerio de Educación en Chile. Primero, en nuestro país existe un decreto que norma la calificación, evaluación y promoción de los estudiantes inscritos en instituciones educativas reconocidas por el Estado chileno, cuyo decreto 67/2018 se enmarca en la Ley General de Educación. ¿El motivo? Buscar el derecho a la educación e inclusión del aprendizaje para todos. Claro, abrazando el contexto psicosocial de los alumnos en cuestión.

La norma aludida construye un entramado de aristas con las que un colegio debe lidiar sistemáticamente a fines de cada año escolar, por ejemplo, la repitencia. Atrás quedó la homologación de la reprobación de un alumno por concepto de calificación (nota) y aprendizaje, ahora también los docentes deben incluir en su maleta de insumos pedagógicos y evaluativos herramientas tales como: psicología, paternidad, entretención, entre otras tantas “indispensables” en el proceso. Una ironía para aquellos profesores que buscan la excelencia, rendimiento y nivel en el sistema, dicho de otra manera, estos maestros son voces que predican en un desierto llamado educación escolar.

Entonces, tenemos un decreto que relaja los mecanismos de promoción, evaluación y disciplina hacia el alumnado. Cada vez son más los casos donde algunos alumnos ascienden al siguiente curso (nivel) a través de este decreto, dicho sea de paso, degradando en insuficiencia, inmadurez y resistencia al esfuerzo académico original por parte de los estudiantes.

Segundo, el monitoreo hacia el alumnado ya no es responsabilidad exclusiva de los apoderados, también es parte de la ética profesional y convicciones que, entre paréntesis, resultan una carga para todos esos docentes que imparten contenidos curriculares previamente avalados por el Ministerio de Educación. Los profesores deben respaldar los tiempos, instancias y procesos de aquellos alumnos que no cumplieron con sus deberes académicos después de varios intentos del docente respectivo, en otras palabras, se deben dar todas las oportunidades e incluso bajar el nivel para que los estudiantes aprueben sus asignaturas. Si la idea es aprobar deliberadamente a los estudiantes, sin duda, el Ministerio de Educación realiza un trabajo de “significativo valor”, aunque, tatuando simultáneamente en el futuro de los alumnos “pan para hoy y hambre para mañana”.

Tercero, flexibilizar los rudimentos y prolegómenos educativos propiciados por el Ministerio de Educación (que ya es una ironía en sí misma) para evitar la deserción y repitencia escolar. Por definición, resulta en un resabio de flojera y la ley del mínimo esfuerzo mediante un indeleble vicio formativo. A su vez, promover un aula inclusiva y diversa obligatoriamente necesita de pensamiento crítico, formación integral, criterios de rigurosidad y desafíos que estén a la altura del siglo XXI. Los apoderados son los responsables de fomentar, corregir y cercenar a la brevedad el nivel paupérrimo de muchos de sus hijos, y así las “evidencias” que establece el decreto 67 para “tomar decisiones” dejen de ser relevantes y el paradigma vuelva a su esencia de sensatez moral, social, jurídica y familiar.

En síntesis, encausar a partir de este decreto una cierta responsabilidad en los profesores a través de los consejos escolares, antecedentes académicos, económicos, familiares y psicológicos de un estudiante, sin duda, construye una mutilación a la vocación docente, rigurosidad intelectual, nivel pactado y objetivos ejecutados. El famoso filósofo de la Ilustración, Immanuel Kant, señaló que “el hombre había alcanzado la mayoría de edad”, o sea, tenía la capacidad de pensar, razonar, evaluar y decidir por sus propios juicios in situ, por tanto, no “releguemos” a los estudiantes de su deber, de su libertad y las consecuencias de esta última.

Benjamín Escobedo
Académico, teólogo e investigador de Historia.