Avisos Legales
Opinión

19 de febrero de 1906: Publicación del Código de Procedimiento Penal

Por: Benjamín Escobedo | Publicado: 20.02.2024
19 de febrero de 1906: Publicación del Código de Procedimiento Penal Código de Procedimiento Penal | memoriachilena.gob.cl
Un Chile con historia es un Chile con memoria, lectura, proyección y análisis de los constructos cimentados, de ahí que lo jurídico tenga mucho que decir, pensar y recordar.

La ley es una de las cosas indispensables en un país, por consecuencia, es un precepto jurídico que establece y delimita las normas por las cuales se regirá todo ciudadano en un territorio. A su vez, debemos tener presente que los estatutos legales cada vez son más cuestionados y releídos en el siglo XXI, por tanto, traer a la memoria histórica del territorio nacional un hecho fundamental del siglo XX, sin duda, permite valorar, examinar y conocer dicha acción que resulta trascendental para Chile. Por lo mismo, si bien la promulgación del Código se remonta al 13 de febrero de 1906, su publicación ocurrió el 19 de febrero del mismo año, fecha que se conmemoró el día de ayer.

Este documento puede ser definido como un cuerpo legal chileno que regula la manera de llevarse a cabo los actos del proceso para la aplicación de la ley penal,​ estableciendo un sistema procesal penal inquisitivo (principio jurídico propio del Derecho procesal de ordenamientos jurídicos históricos, en el que el juez o tribunal que instruía y juzgaba el proceso era parte activa en este, sumando sus propias alegaciones y pretensiones a la causa en la que posteriormente emitiría sentencia).

Cabe señalar que el Código esbozado fue elaborado a partir de un proyecto desarrollado por Manuel Egidio Ballesteros después de una serie concursos suscitados por el Congreso y el Poder Ejecutivo desde el año 1846, y aprobado mediante la Ley N.º 1853. Este cuerpo legal rigió de modo general en Chile hasta la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, derivado de la reforma procesal penal y que comenzó a ser ejercido paulatinamente en las diversas regiones de nuestro país, entre el 16 de diciembre del año 2000 y el 16 de junio del 2005.

Segundo, es importante tener presente en el imaginario histórico que durante el periodo de la Patria Nueva, más específicamente en el gobierno de don Bernardo O’Higgins (1817-1823), una vez independizado Chile de la Corona española, surge preocupación por la administración del Estado, y sobre todo, de la justicia, pues hasta entonces solo era posible encontrar leyes sueltas (ambiguas) que quedaron vigentes después de producida la emancipación.

Desde ahí, comienza un proceso de autogobierno, en donde Chile emite sus propios cuerpos legislativos, como la Constitución Provisoria de 1818, de 1823, 1828 y 1833 que contenían normas procesales referentes a la administración de justicia y algunas normas de procedimiento penal. Ya en la Constitución Provisoria para el Estado de Chile de 1818 se observa que existe una latente preocupación por la organización del Poder Judicial, un precepto a considerar en este sentido.

Tercero, y como aludimos previamente, fue en el marco de la llamada Reforma Procesal Penal chilena que se dio origen al Código Procesal Penal, un nuevo texto normativo que regula los procesos penales en Chile, con el fin de dejar atrás el antiguo sistema inquisitorio, dicho sea de paso, legado de la época absolutista y del sistema romano-germánico que existía antes del proceso inquisitorial, plasmado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal española de 1882, por tanto, la idea era reemplazarlo por un sistema acusatorio, oral y público.

Conocer la historia de nuestro país permite dirimir las ideas amplificadas en el espacio público, debates asociados a lo político, constitucional y jurídico, junto con ello, cercenar conjeturas del pasado y promover acciones coherentes, racionales y viables para la ciudadanía.

El fundamento de la Ley es resguardar a sus ciudadanos, colocar el acento donde corresponda y velar por la justicia de un país, de lo contrario, podemos hacer reformas inverosímiles al sustento por excelencia que merece el aparato legal, o bien, elaborar reformas que merecen urgencia, atención y discusión parlamentaria propiamente tal. La publicación del Código de Procedimiento Penal forma parte de la historia de nuestro país, y se hace obligatorio entender su contexto para asimilar la nueva realidad de Chile en el siglo XX.

Igualmente necesario es el asimilar ese cambio de paradigma que se dio con la Reforma Procesal Penal que reemplazó el viejo sistema inquisitivo y escrito que operaba en Chile desde principios del siglo aludido en pro de un sistema acusatorio y oral, cuyos protagonistas son los Fiscales del Ministerio Público y los Defensores correspondientes a nuestra época, esos que deben litigar (acusando y defendiendo al imputado) en procedimientos orales, ante los Juzgados de Garantía o Tribunales de Juicio Oral en lo Penal, según sea el caso.

Un Chile con historia es un Chile con memoria, lectura, proyección y análisis de los constructos cimentados, de ahí que lo jurídico tenga mucho que decir, pensar y recordar.

Benjamín Escobedo
Académico, teólogo e investigador de Historia.