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8M-MAPAS Y DATOS| Cuando no llega la medida cautelar: La desprotección de las mujeres víctimas de violencia machista

Por: Meritxell Freixas @MeritxellFr | Publicado: 07.03.2021
8M-MAPAS Y DATOS| Cuando no llega la medida cautelar: La desprotección de las mujeres víctimas de violencia machista |
¿Qué está fallando en el sistema de justicia a la hora de proteger a las mujeres que denuncian violencia machista? ¿Qué obstáculos enfrentan las víctimas para recibir apoyo seguridad por parte del Estado? ¿Qué camino tienen que hacer para conseguir una orden de alejamiento de su agresor? ¿En qué territorios hay más desprotección? En ocasión del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, El Desconcierto indaga en esta arista del sistema de justicia que pone en cuestión la protección a mujeres, niñas y adolescentes.

“Cada vez que me negaban la cautelar me ponía a llorar. Me daba mucha pena porque él podía estar en cualquier parte. Me sentía sola y desprotegida, que no me tomaban en cuenta”. Ana pasó ocho meses suplicando a la justicia una orden de alejamiento de su expareja y presunto agresor en el Tribunal de Familia de Buin. Desde octubre de 2019, cuando una jueza la autorizó a abandonar la casa donde convivía con él, hasta febrero de 2020, acudió al menos en cinco ocasiones a los juzgados para pedir protección. Siempre se la negaron.

Desde 2018, Ana, nombre ficticio para proteger la identidad de la mujer que accedió a entregar su testimonio para este reportaje, fue víctima de violencia machista –física y psicológica– por parte de su expareja y padre de su segundo hijo de 16 meses (tiene otro de 11 años).

Pese a haberse ido de la casa, los episodios de gritos, amenazas y hostigamiento no se acabaron. De hecho, se sumaron a la batalla legal que el hombre emprendió en su contra, con acusaciones de todo tipo: desde maltrato psicológico hacia él y sus hijos, hasta denuncias en su lugar de trabajo o incluso en la parroquia del barrio. Nada de eso se ha podido demostrar, pero la cantidad de registros en su contra en el sistema de justicia habrían sido la razón por la que siempre le denegaron su solicitud. “Me decían que no podía pedir una orden de alejamiento porque yo estaba llena de denuncias. Dejé de ir porque siempre me encontraba con la misma mujer atendiendo que me decía lo mismo apenas me veía: ‘¿Ud. otra vez ahí? Siempre viene a dar más trabajo al tribunal’. Era muy humillante”, relata Ana.

Gracias a la ayuda de la asistenta social de su lugar de trabajo, donde se dieron cuenta del infierno por el que estaba pasando, empezó a recibir apoyo y protección. Una profesional tomó su caso y presentó una denuncia por violencia intrafamiliar (VIF) ante los Tribunales de Familia de Buin. Se celebró una audiencia y el juez dictó a su expareja la esperada orden de alejamiento.

Según datos de la Red Chilena contra la Violencia hacia las mujeres, en torno al 40% de los femicidios cuentan con causas abiertas con medidas cautelares o denuncias anteriores por VIF. De los 10  que registra la organización en lo que va de 2021, al menos dos repiten estas mismas circunstancias.

¿Qué está fallando en el sistema de justicia a la hora de proteger a las mujeres que denuncian violencia machista? ¿Qué obstáculos enfrentan las víctimas para recibir seguridad y apoyo por parte del Estado? ¿En qué territorios hay más desprotección? En ocasión del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, El Desconcierto pone la lupa en esta arista del sistema de protección a mujeres, niñas y adolescentes.

Santiago, Biobío, Valparaíso y Coquimbo a la cabeza

La Ley 22.066 de Violencia Intrafamiliar (VIF) establece que para conceder una medida cautelar deben existir indicios fundados de delito, elementos que apunten a la participación del imputado y una situación objetiva de “riesgo inminente” para la denunciante. El juez es quien determina si existe ese riesgo y en qué medida. Para ello se basa en su propia valoración y otros elementos como el atestado policial o informes médicos.

Según datos entregados a este medio por el Poder Judicial (Pjud) en respuesta a una petición por Ley de Transparencia, en los últimos cinco años (2015-2020), más de 100.000 órdenes de alejamiento han sido decretadas por los tribunales de lo Penal y de Familia de todo el país. Las estadísticas no hacen una diferenciación por género, por lo que también incluyen las solicitudes otorgadas a hombres y a menores por VIF. Aún así, estos datos permiten hacer una radiografía de los alcances de la aplicación de esta medida cautelar a mujeres víctimas de VIF, considerando que, según información estadística de la Subsecretaría de Prevención del Delito, el 80% de las denuncias por este delito son presentadas por mujeres.

Si bien durante los seis años analizados se registra una tendencia similar en la emisión de estas medidas, entre el 16-18% del total, en 2020 se registra un leve descenso que podría estar vinculado al contexto de pandemia.

La gerente de la División de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía, Erika Maira, comenta que con la crisis sanitaria se han producido muchas menos audiencias, lo que podría haber repercutido en el descenso. En su opinión, también habría que considerar el cambio que la Fiscalía ha implementado en la solicitud de medidas cautelares. Si bien hasta marzo de 2020 se pedían, en su gran mayoría, durante la audiencia de formalización, con la llegada del Covid-19, el fiscal nacional ordenó “intensificar” el uso de un artículo previsto en la Ley de VIF que permite solicitarlas por teléfono, sin previa formalización para, así, favorecer la protección más rápida a las víctimas. Según ella, esta modalidad podría haber quedado al margen de la estadística del Pjud.

Sea como sea, las cifras reflejan que, de los 17 territorios jurisdiccionales del país –donde tiene sede cada una de las Cortes de Apelaciones, jerárquicamente superiores a los distintos juzgados que las integran (de Letras, de Garantía y tribunales de Juicio Oral en lo Penal)–, Santiago (49,6%), Biobío-Concepción (9,3%), Valparaíso (7,4%) y Coquimbo-La Serena (7%) son los que más órdenes de alejamiento han emitido en seis años.

Santiago registra un porcentaje muy superior al resto del país, sobre todo en relación a los datos de tribunales de familia, que su mayor parte emite el Centro de Medidas Cautelares. Se trata de un tribunal de apoyo a los tribunales de Familia y especializado solo para conceder medidas cautelares, de protección y otros procedimientos especiales. Es exclusivo de la capital.

Un sistema dual: tribunales Penales y de Familia

Las estadísticas del Pjud vinculan las órdenes de alejamiento a causas que pasan tanto por tribunales Penales como de Familia, pero el reparto entre ambos es muy desigual. Mientras en los seis años estudiados primeros han decretado en torno a 550 medidas, en los segundos esta cifra se multiplica por más de 180, hasta alcanzar más de 101.000.

“En los tribunales de familia puedes interponer una denuncia por cualquier tipo de violencia, más allá de que solo son competentes para tramitar causas por violencia económica, psicológica y VIF y luego se declaren incompetentes”, explica Daniela López, abogada de AML Defensa Mujeres. Cuentan con un procedimiento llamado “audiencia no programada”, continúa, que se lleva a cabo con el juez de forma inmediata y permite tomar la medida cautelar al momento. En cambio, en tribunales penales, “la Fiscalía es quien toma la denuncia y, si se cumplen los factores de riesgo inminente, debería pedir una audiencia a los juzgados de Garantía para las cautelares, sin embargo, eso no suele ocurrir”, señala.

La abogada critica que “muchas veces” las fiscalías envían a la víctima que les ha presentado la denuncia a solicitar una medida cautelar a los tribunales de Familia. “Después, cuando estos se la otorguen y luego se declaren incompetentes, el Ministerio Público empieza la investigación”, añade. A su juicio, es “una mala práctica” como operadores de Justicia porque “las mujeres se quedan con la denuncia, pero sin ningún tipo de medida cautelar que las proteja mientras se desarrolla un proceso investigativo que puede ser larguísimo”.

En la tabla siguiente, puedes ver el detalle de órdenes de alejamiento por cada uno de los tribunales del país:

ordenes alejamientoVIF_zona norte

ordenes alejamientoVIF_centro1ordenes alejamientoVIF_zona centro2

ordenes alejamientoVIF_zona sur

/ Diseño tabla: Michel Contreras

Denuncias por VIF vs. órdenes de alejamiento

El Desconcierto solicitó al Pjud el total de órdenes de alejamiento decretada y denegadas en contexto de VIF. Sin embargo, estas últimas cifras no fueron entregadas porque, según respondió el organismo, “sólo es posible identificar las medidas cautelares decretadas (o aplicadas)”. Ante la ausencia de datos, se han utilizado las cifras de denuncias por VIF publicadas por la Subsecretaría de Prevención del Delito para comparar la cantidad de medidas decretadas con un indicador real de VIF.

Solo un 18% de las denuncias por VIF se traducen en una orden de alejamiento. Esta cifra aumenta en los casos de La Serena (29,9%), Santiago (42,2%), Concepción (20%) y Coyhaique (20,8%), pero disminye sustancialmente en zonas del país como Ñuble (1,6%) o en los juzgados vinculados al territorio jurisdiccional de San Miguel (1,4%), en la Región Metropolitana. “El juez, el fiscal y el carabinero son personas que pertenecen a una cultura territorial determinada y, como en cualquier lugar del mundo, existen unos territorios de Chile más machistas que otros”, dice Silvana del Valle. A la Red le consta que los fiscales del sur son “mucho más resistentes” a las disposiciones que el Ministerio Público a nivel central pueda tener para capacitación con determinados enfoques o para el uso de los tratados internacionales.

En el gráfico se ha establecido el porcentaje de las cifras que dibujan las líneas morada y naranja, pero si contabilizáramos solamente las órdenes de alejamiento para mujeres, la cifra (y el porcentaje) sería aún inferior.

“Hay un cúmulo de denuncias que ingresan a Fiscalía por hechos no constitutivos de delito”, apunta Erika Maira. En términos globales, también hay –dice– una alta tasa de desistimiento de las víctimas en las causas, denuncias que se abandonan o se dejan sin efecto.

Sin embargo, no siempre retirar la denuncia significa que se acabó la violencia para la víctima. El caso de Ana es una muestra. La mujer retiró la primera y única denuncia que se atrevió a presentar en una comisaría de Carabineros, a escondidas, por las amenazas de su expareja contra ella y sus hijos. “Como le tenía mucho miedo, esa vez yo dije [al tribunal] que las cosas se habían arreglado y que fue algo del momento”.

Las mujeres tienen una experiencia muy agotadora y nefasta por parte del sistema de Justicia, que opera desde el descrédito de su relato y no le pone prioridad a la violencia en contexto de pareja”, sostiene Daniela López. Esto se agrava por «un circuito negligente de no querer cumplir con las obligaciones legales, pinponearse entre tribunales para no otorgar las medidas cautelares pertinentes y poner en duda la posibilidad de tener un proceso exitoso”, añade.

“Nos han reportado que en situaciones que el riesgo es evaluado por las mujeres como alto, puede no haberlo sido en los tribunales de Familia, sobre todo si no han tenido agresiones físicas; en estos casos les resulta muy difícil pedir medidas”, explica Silvana Del Valle, abogada Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres y directora Escuela Derecho Academia Humanismo Cristiano. La académica reconoce que en el último tiempo el Ministerio Público y los tribunales de Familia “han mejorado las herramientas de apreciación del peligro que pueden tener las mujeres» a la hora de otorgar estas medidas. A través de la Unidad de Derechos Humanos, Violencia de Género y Delitos Sexuales, creada en 2017, “han capacitado a fiscales de todo el país para que comprendan las motivaciones de género que hay detrás de las agresiones contra las mujeres». A su parecer, con eso «las víctimas pueden conseguir mejores medidas cautelares que incluyan órdenes de alejamiento”.

“Se conceden más [órdenes de alejamiento] de las que se deniegan”, asegura Erika Maira, por su parte. La exfiscal cuenta que ante una negativa del juez, el Ministerio Público puede tomar “medidas de protección autónomas”, sin depender de la orden del magistrado, para proteger y resguardar a las víctimas en su vida cotidiana.

«Repensar el sistema de medidas cautelares»

La inmensa mayoría de las órdenes de alejamiento (un 86,6%) se demoran menos de un mes en tramitarse. Sin embargo, hay casos en los que, tras la solicitud, la medida puede tardar meses largos en llegar. Un 5,6% del total se aprueba más de tres meses más tarde, un 2,2% entre dos y tres meses y un 5,3% entre uno y dos meses.

El sistema jurídico está colapsado. Hay un problema de cantidad de funcionarios y de capacitación de las personas que trabajan para dar mayor celeridad a algunas causas que a otras”, señala Silvana Del Valle. Para ella, el principal problema recae en la forma de estructurar el sistema de medidas cautelares: “La orden de alejamiento está pensada como medidas represiva, con rondas policiales o con reacciones policiales ante el quebrantamiento de la misma”. Eso, en opinión de la abogada, pone en riesgo su efectividad.

Carabineros ha manifestado que no tiene los recursos suficientes para hacer ese control de la manera que se requiere. El trabajo se hace, pero es insuficiente por la cantidad de casos”, apunta Erika Maira. Además, si la medida no se notifica personalmente al imputado, no tiene validez para él y “quienes tienen que notificar son los mismos carabineros que tienen que hacer las rondas, las medidas cautelares y todo lo demás”, añade.

Sólo en el sistema penal, el promedio anual de ingresos de causas por VIF es de unos 130.000 casos. Para gestionar las cautelares que pueden derivarse de ese volumen de causas, la fiscal Maira cree “indispensable” aprobar el proyecto de Ley de Monitoreo Telemático de las medidas cautelares que se está tramitando en el Congreso. La norma permitiría detectar la cercanía del imputado a la víctima a través de una tobillera o dispositivo tecnológico. «Lograría una protección más efectiva que la que hoy puede prestar la policía», asegura.

Silvana del Valle apuesta por «repensar» las cautelares “de forma integral” y bajo un sistema que involucre otros agentes del entramado social. “La violencia hacia las mujeres es un problema cultural que está en la base de la estructura social, por eso, para responderle hay que implicar a esa estructura social y generar redes, por ejemplo, con organizaciones vecinales, organismos de salud o en los lugares de trabajo donde las mujeres se desarrollan”.

Hay otro factor que no pasa por alto. Cuando en 1994 se empieza a legislar sobre la VIF, recuerda Del Valle, “siempre se priorizó la integridad de la familia” y se excluyó a mujeres y niñas que viven situaciones de violencia en el lugar de trabajo, colegio, o en la calle, es decir, fuera del ámbito familiar. “Hasta la fecha, mujeres que podrían ser víctimas de femicidio no tienen protección a través de la Ley de VIF. Pueden pedir una cautelar, pero no a través de esta ley, con lo que se excluyen aspectos de un tipo de violencia que es particular y específica”, reitera.

«Barreras institucionales»

Expertas y organizaciones aluden a la necesidad de capacitación y formación para solventar estos déficits, tal y como llevan años demandando organismos internacionales como el Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer de la ONU (CEDAW).

“Lamentablemente, el enfoque de género en los tribunales de justicia chilenos es bajísimo. Hemos tenido avances como sociedad para develar que la violencia hacia mujeres, niñas y adolescentes es un problema de interés público, no privado, ni menos individual de la víctima que lo vive. Sin embargo, nos encontramos con realidades muy adversas”, opina Daniela López.

El Estudio Acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia que son usuarias del Poder Judicial, de octubre de 2020, solicitado por la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema de Justicia, arrojó que solo un 50% de las magistradas y un 40,5% de magistrados del Pjud considera muy relevante la incorporación del enfoque de género en la administración de Justicia. Además, solo un 31,6% de mujeres y un 26,5% de hombres tiene conocimiento de los instrumentos internacionales en materia de género, como la CEDAW, que elaboran tratados ratificados por Chile. El informe identifica “barreras institucionales” que limitan el acceso a la justicia de mujeres y niñas que sufren VIF. Obstáculos vinculadas a los recursos limitados, la victimización secundaria en los juzgados, una inadecuada o insuficiente información a las usuarias del proceso judicial y los estereotipos de jueces y juezas.

Erika Maira concuerda que aún hay mucho por hacer: “Lo que hacemos como Estado en su conjunto es deficitario porque no hay una visión sistémica”. Y cierra con una reflexión: “No tenemos un sistema de protección para las víctimas. Existe la Fiscalía, que tiene sus medidas autónomas; los tribunales, para las cautelares; pero no hay un circuito de protección al que las víctimas sean derivadas para gestionar otras consecuencias relacionadas con el delito. Estamos asistiendo a un momento en que el Estado se ve exigido a modernizarse en su gestión de justicia”.

Metodología

Para elaborar esta información se ha trabajado con la base de datos sobre órdenes de alejamiento por causas de VIF en los tribunales de lo Penal y de Familia, enviada por el Poder Judicial vía Ley de Transparencia. Se seleccionaron los datos de las medidas tramitadas desde 2015 hasta 2020. La estadística no desglosa los datos por género, por eso, para que los indicadores sean comparables, siempre se asocian las órdenes de alejamiento dictadas con el total de denuncias por VIF (sin diferenciar por género). La división geográfica se ha hecho en base a los 17 territorios jurisdiccionales donde se emplazan las sedes de las 17 Cortes de Apelaciones del país y las comunas y provincias que estas comprenden.

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