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VIDEO| Institucionalidad respecto a la protección animal

Por: Cristian Neira | Publicado: 16.04.2024
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La protección animal en Chile se sustenta en una red institucional clave donde distintos organismos juegan un rol importante en la protección animal. Desde municipalidades hasta ministerios como Interior y Educación, cada entidad desempeña un papel crucial para la fiscalización y promoción de políticas integrales que aseguren el bienestar animal.

Diferentes organismos juegan un rol importante en materia de protección animal, si nos enfocamos en la ley 21.020 encontramos los siguientes:

  1. Municipalidades, en materia de fiscalización y aplicación de la ley y ordenanzas municipales.
  2. Ministerio del Interior, en materia de promoción de tenencia responsable y cumplimiento de la ley a través del Programa de Tenencia Responsable de la SUBDERE (Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo).
  3. Ministerio de Educación, en materia de promoción de la educación en tenencia responsable.
  4. Ministerio de Salud y las Seremi de Salud, en materia de fiscalización de aspectos higiénicos y sanitarios de la ley y reglamentos.
  5. El Congreso Nacional, en cuanto poder del Estado que crea leyes.
  6. Policías y Ministerio Público, en cuanto organismos dedicados a la persecución de delitos, entre los cuales se encuentra el maltrato animal.

Además, fuera del ámbito de la tenencia responsable, existen otros organismos que se relacionan con los animales y respecto de los cuales se podrían efectuar acciones de incidencia política como, por ejemplo: los Gobiernos Regionales, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Aduanas, el Comité de Bioética Animal y otros ministerios en la elaboración de políticas públicas que puedan afectan a los animales.

A continuación, nos referiremos a dos de los principales organismos en esta materia:

Municipalidades

La ley 21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía le otorga a las municipalidades un papel fundamental respecto a la protección animal, pues en el artículo 7° se obliga a contar con ordenanzas sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía en el territorio comunal, la que debe ajustarse a la normativa legal vigente.

Algo importante a tomar en consideración a raíz de la contingencia nacional es que se señala expresamente la prohibición de aplicar el sacrificio de animales como mecanismo de control de población: “las ordenanzas municipales no podrán permitir la utilización de métodos que admitan el sacrificio de animales como sistema de control de la población animal. Esta prohibición se extiende a todos los servicios públicos, así como también a todas las organizaciones de protección animal».

Las municipalidades son las que deben velar por el cumplimiento de que los dueños o poseedores de animales de compañía cumplan con la inscripción de su animal, manejo sanitario (recolección y eliminación de heces) y cualquier obligación que la ley o sus normas complementarias les otorguen, para tales efectos el Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberá proporcionar una plataforma informática de registro e identificación de mascotas y animales de compañía a la que accederán las municipalidades.

Respecto a las infracciones que puedan cometer los dueños o poseedores de animales de compañía se sancionarán con multas de una a treinta UTM, y son las municipalidades las encargadas de fiscalizar el correcto cumplimiento de la ley y los reglamentos dictados sobre esta materia, las multas que se recauden por la aplicación de la ley se impondrán por el juzgado de policía local correspondiente e ingresarán íntegramente al patrimonio de la municipalidad respectiva según corresponda, y deberán ser destinadas exclusivamente a fines que permitan cumplir con las disposiciones de la ley de tenencia responsable.

Ministerio del Interior

El Ministerio del Interior a través de la SUBDERE (Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo) también tiene un rol fundamental en materia de protección animal. La ley de tenencia responsable en su artículo 3° señala expresamente que esta cartera ministerial dentro de sus respectivas competencias y con la colaboración de las municipalidades, promoverá la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía a fin de asegurar su bienestar y la salud de las personas y el medio ambiente.

En los artículos 8° y 9° nos señala la estrategia para la protección y el control de la población animal: “El Ministerio del Interior y Seguridad Pública podrá priorizar la educación para la tenencia responsable de animales, a fin de controlar especialmente la población canina y felina, procurando, además, que para este efecto se apliquen otras medidas integrales de prevención, como el control sistemático de fertilidad de los mismos y de factores ambientales relacionados, y el registro e identificación de estos animales domésticos”

Todo siempre en conjunto con las municipalidades, “con las cuáles podrán establecer en el marco de su disponibilidad presupuestaria, fondos concursables a los cuales podrán postular las personas jurídicas sin fines de lucro, entre cuyos objetivos esté la protecció de los animales y la promoción de la tenencia responsable”.

Actualmente en la SUBDERE se aloja el Programa de Tenencia Responsable de Animales de Compañía, el cual busca promover una convivencia sana con animales a través de servicios veterinarios, educación/capacitación y registro de mascotas, fomentando e instalando capacidades en las municipalidades de todo el país y otras entidades públicas, y apoyando la labor de las organizaciones de protección animal a través de los Fondos Concursables de la Ley N°21.020. A través de este programa, se financian programas de esterilización que pueden postular las municipalidades, así como también centros veterinarios de atención primaria, en conjunto con el Programa de Mejoramiento Urbano de la SUBDERE.

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