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Bono Invierno ampliado: Qué es, a quiénes beneficia y cuánto dinero es la ayuda

Por: Cristian Neira | Publicado: 06.06.2023
Bono Invierno ampliado: Qué es, a quiénes beneficia y cuánto dinero es la ayuda Presidente Boric amplió el Bono Invierno | Agencia Uno
En la pasada Cuenta Pública, el Presidente Gabriel Boric anunció un reforzamiento al Bono Invierno que se entrega cada año. Acá te contamos todos los detalles luego de la firma del mandatario.

En la comuna de Estación Central, el Presidente Gabriel Boric firmó el proyecto de ley con el cual cumple una de sus promesas de la pasada Cuenta Pública: Ampliar el Bono Invierno.

Tras firmar el mandatario expresó que “hoy quiero concretar uno de los anuncios del jueves pasado que es un aporte adicional del Bono Invierno a cerca de 1,6 millones de personas pensionadas que recibieron este beneficio en mayo”.

“La política es transformación social, ponerse de acuerdo entre quienes piensan distintos para mejorar la calidad de vida de las personas (…) Cuando parlamentarios y parlamentarias nos plantearon la necesidad de aumentar el Bono Invierno para hacerse cargo de las necesidades que tienen las personas mayores en los momentos más duro, dijimos que hagamos este esfuerzo”, añadió.

¿Qué es el Bono Invierno?

Es un beneficio que no tienen característica de postulable. Equivale a $74.767 que se entrega por una sola vez a quienes tengan 65 o más años de edad y que cumplan los requisitos.

¿A cuánto equivale el aumento?

El Presidente de la República, Gabriel Boric Font, firma desde la comuna de Estación Central, el proyecto de ley que amplía de manera extraordinaria el Bono Invierno con un aporte adicional de $60.000.

¿Quiénes reciben el Bono Invierno?

  • Mayores de 65 o más años, cumplidos al 1 de mayo de 2023
  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    • Instituto de Previsión Social.
    • Instituto de Seguridad Laboral.
    • Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
    • Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

¿Cuándo se ingresará el proyecto que lo amplía?

El proyecto se ingresará el 6 de junio a la Cámara de Diputadas y Diputados, dando cumplimiento a uno de los anuncios hechos por S.E. en la Cuenta Pública 2023.

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