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Segundo retiro del 10%: Justicia buscará que retención a morosos de pensión alimenticia se haga lo más rápido posible

Por: El Desconcierto / Agencia Uno | Publicado: 11.12.2020
Segundo retiro del 10%: Justicia buscará que retención a morosos de pensión alimenticia se haga lo más rápido posible Segundo retiro tendrá retención a padres morosos | Agencia Uno
Luego de los innumerables problemas que tuvieron las madres que buscaban retener el primer retiro del 10% de las AFP, el Poder Judicial buscará que para este segundo proceso, que comenzó este jueves, se haga de manera más expedita con el propósito de que el dinero adeudado llegue lo antes posible a los menores de edad que lo necesitan.

Con la entrada en vigencia de la ley que permite el segundo retiro de fondos de las AFP, el Poder Judicial se ha preparado para recibir las solicitudes de retención de fondos para el pago de las deudas alimenticias, instalando un nuevo trámite fácil al que se accede desde la Oficina Judicial Virtual.

Analizando la ley 21.295, en lo relativo al pago de deudas de pensiones de alimentos que entró en vigencia este jueves 10 de diciembre, la ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, dijo que la normativa, además de facultar el retiro excepcional de fondos previsionales «permite al alimentario, al representante legal o al curador al litem subrogarse en los derechos del alimentante moroso para realizar la solicitud de retiro, respecto de lo autorizado por la ley para el primer retiro, como para el actual segundo retiro, regulando aspectos procesales de la acción de subrogación, como otros, recogiendo aspectos que había planteado el Poder Judicial, referidos a la tramitación del primer 10% de fondos previsionales».

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Estos aspectos -explicó la ministra- se refieren a las notificaciones de las resoluciones a los alimentantes, el caso de aquellos que tienen hijos con diferentes madres o padres y las causas están tramitándose en diferentes tribunales y también el plazo que tienen las AFPs para depositar los dineros en las cuentas vista que las alimentarias abrieron en su oportunidad.

«Lo que interesa recalcar –dijo la ministra vocera- es que los pagos de las deudas por pensiones de alimentos no pueden realizarse por parte de los tribunales de manera inmediata, pues es necesario respetar las garantías procesales que tienen las partes litigantes».

La ministra Chevesich insistió en que «el llamado es a ser pacientes. Y tener la confianza en que el Poder Judicial está haciendo todo lo posible para que los pagos se concreten en el menor tiempo, implementando medidas de todo orden para logar ese objetivo, entre estas denominado nuevo trámite fácil que permite hacer la solicitud de retención y también la solicitud de subrogación vía telemática para no acudir a los tribunales y respetar así la normativa sanitaria y resguardar la salud de todos».

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