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Declaran inadmisible recurso contra jueza, madre de capitán de Carabineros, que rebajó cautelar en homicidio de malabarista en Panguipulli

Publicado: 04.03.2021

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La Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió declarar inadmisible el recurso de queja que el abogado de la Defensoría Popular, Rodrigo Román, interpuso en contra de la jueza María Llanos Morales y el juez Juan Correa Rosado.

Ambos votaron a favor de reducir la medida cautelar de arresto domiciliario total del carabinero Juan González Iturriaga por la de firma quincenal y arraigo nacional. Respecto de los cargos que se le objetan, el uniformado está formalizado por el homicidio del malabarista Francisco Martínez, en Panguipulli.

La argumentación de Román, a través de la que busca inhabilitar a la jueza, se basa en que  la magistrada Llanos es madre de un funcionario de la institución, quien además es el jefe del OS-7 de Punta Arenas, tal como reveló El Desconcierto.

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«La ministra respecto del cual se impetra este arbitrio disciplinario, no hizo constar en el proceso la circunstancia de ser madre de un capitán de Carabineros de Chile en ejercicio (misma institución a la cual pertenece el imputado de los autos citados), hecho el cual nos noticiamos al día siguiente por medio de una publicación realizada en el portal web de El Desconcierto», explica el recurso de queja.

«El silencio de la Ministra LLANOS MORALES, recurrida en estos autos, da cuenta de la falta grave denunciada, habida consideración de afectar con ello un principio básico que conforma el debido proceso, cual es la garantía de un juez imparcial, el cual, a juzgar por los antecedentes, se vio severamente afectado (…) debido a la muy probable falta de independencia de la ministra recurrida dada su calidad de madre de un oficial de Carabineros de Chile», continúa.

Por lo tanto, solicitó que se revierta la decisión declarando la prisión preventiva de González y que se apliquen sanciones disciplinarias contra los jueces.

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Sin embargo, con fecha 3 de marzo el máximo tribunal resolvió que dicho recurso es inadmisible. La Corte Suprema argumentó que el recurso de queja «procede contra las sentencias interlocutorias, cuando ponen fin al juicio o hacen imposible su continuación, o contra las sentencias definitivas, siempre que unas y otras no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario», lo que no correspondería con la resolución dictada por el tribunal de alzada de Valdivia.

Es decir, consideró que el fallo que rebajó la medida cautelar, legalmente no puede ser revertido por un recurso de queja.

«Es una pésima señal»

Al respecto, Rodrigo Román dijo que «este resultado es una pésima señal, porque la policía sin más podrá desenfundar su arma (e) impactar en cuatro ocasiones en contra de una persona, darle muerte y eso no va a ser juzgado por un juez imparcial, lo que agrava aún más la situación».

«Por un lado se avala el actuar de la policía y, por el otro, el actuar parcial de los jueces, en este caso la ministra de la Corte de Apelaciones de Valdivia por una eventual inhabilidad por su vínculo, al ser madre de un capitán de Carabineros en ejercicio. Ella debió haber anunciado esa posible inhabilidad«, sostuvo.

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