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Comisión de Ética aprueba sanciones para convencionales infractores: Incluyen multas y suspensión de derecho a voz

Por: El Desconcierto | Publicado: 20.08.2021
Comisión de Ética aprueba sanciones para convencionales infractores: Incluyen multas y suspensión de derecho a voz Convención Constitucional (referencial). | Agencia Uno.
La Comisión de Ética de la Convención Constitucional estableció cuáles serán las sanciones para aquellos constituyentes que no respeten las reglas de convivencia. Entre ellas se encuentra la participación en «programas de formación obligatoria».

Este viernes continuó el trabajo de la Comisión de Ética de la Convención Constitucional. En esta jornada se acordaron las sanciones que se impondrán a aquellos constituyentes que no respeten las normas de convivencia. Entre ellas se encuentran multas en beneficio fiscal y la suspensión temporal del derecho a voz.

Los convencionales establecieron una primera sanción que corresponde a una «amonestación», el que definieron como «un llamado de atención, formulado por escrito y con publicidad, que se realiza al constituyente responsable de la infracción respectiva». Según informó La Tercera.

También está la «censura», que es un reproche por escrito que se hace públicamente e informando al Pleno, siendo más grave que la amonestación. «Censura implica además la inhabilitación para mantener cargos de responsabilidad dentro de la Convención como coordinación de comisión, vicepresidencia o presidencia», establece la norma.

De igual manera se encuentra la «supensión», la que implica «la inhabilitación para participar, mediante deliberación, en las comisiones. Al recibir tres censuras, habrá suspensión de 15 días corridos sin derecho a voz y con derecho a voto«.

Además, se estableció la pena adicional de multas en beneficio fiscal correspondientes a un porcentaje de la dieta del o la convencional sancionada. En el caso de la Amonestación, será entre un 5 y un 15% de la dieta, mientras que para la Censura, será entre un 15 y 30%.

Programa de formación obligatoria

Junto con las sanciones anteriores, la Comisión de Ética acordó «medidas reparatorias adicionales y/o complementarias». Como ejemplo, está la «obligación de distancia entre personas, prohibición de contacto entre responsables y víctimas, restricción del uso de la palabra en el Pleno o Comisiones, o proponer el ofrecimiento de disculpas públicas«, según el citado medio.

Otra de estas medidas es la determinación «en caso que la infracción cometida así lo amerite» de la participación del o la convencional en un «programa de formación obligatoria«.

Dicho programas estarían orientados «a la formación en la materia infringida, tales como derechos humanos, relaciones interculturales, igualdad de género, diversidad religiosa o espiritual, o cualquier otra que se requiera«.

Comité externo

Cabe destacar que la determinación de las sanciones, así como la vigilancia del cumplimiento de las reglas de convivencia, la hará un comité externo al órgano constitucional. Dicho comité estará compuesto por cinco integrantes elegidos por el Pleno de la Convención a propuesta de la Comisión de Ética.

«Los integrantes del Comité deberán ser profesionales de comprobada idoneidad personal y profesional que sirvan en Instituciones del Estado, Universidades o Corporaciones sin fines de lucro. La integración del Comité deberá, además, respetar los criterios de paridad, plurinacionalidad y descentralización», acordaron.

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