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Cómo tramitar el Fondo Nacional de Reconstrucción que permite ayuda tributaria a empresas

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | Publicado: 08.02.2024
Cómo tramitar el Fondo Nacional de Reconstrucción que permite ayuda tributaria a empresas Mario Marcel | Foto: Ministerio de Hacienda
El Presidente Gabriel Boric activó el Fondo Nacional de Reconstrucción con el fin de ir en ayuda damnificados por los letales incendios que golpearon duramente a Valparaíso, dejando a 131 personas fallecidas y miles de viviendas destruidas. Revisa más información aquí.

Durante este jueves, el Presidente Gabriel Boric anunció que se reactivará el Fondo Nacional de Reconstrucción, el cual fue creado en 2010 bajo la primera administración del recientemente fallecido exPresidente Sebastián Piñera, con el objetivo de ayudar al país tras el terremoto del 27 de febrero de ese año.

El Presidente Gabriel Boric lo activó con el fin de ir en ayuda damnificados por los letales incendios que golpearon duramente a Valparaíso, dejando a 131 personas fallecidas y miles de viviendas destruidas.

Pero, ¿para qué sirve el Fondo Nacional de Reconstrucción? En palabras simples, canaliza e incentiva ayudas del mundo privado ante este tipo de emergencias.

¿Qué dice la ley?

De acuerdo a la ley, el Fondo puede recibir aportes de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. Todo esto con el fin de financiar la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración o rehabilitación de infraestructura, instalaciones, patrimonio histórico arquitectónico de zonas patrimoniales y zonas típicas, obras y equipamiento, en las zonas de catástrofe (regiones, provincias o comunas).

Además, es importante destacar que la normativa dice que se debe conformar un Comité Asesor, que apoye al correcto funcionamiento del Fondo y la correcta distribución de los recursos que se obtengan por esta medida.

Las donaciones que se realicen al Fondo pueden ser dinero o especies y pueden destinarse a una obra específica de caracter público o privado, o directamente al Fondo Nacional de Reconstrucción.

Las donaciones en dinero pueden ser realizadas en moneda nacional o extranjera y son concretadas en Tesorería General de la República mediante un formulario, el cual puede adquirirse en sus oficinas, a través de su red de bancos o de forma electrónica.

Es importante destacar que para la donación conjunta de recursos y ejecución de obras se debe contactar directamente a donaciones@hacienda.gov.cl indicando la obra del catálogo de proyectos (que debe llevar a cabo la autoridad) que desea ejecutar y financiar de manera directa.

¿Qué dijo Mario Marcel sobre el Fondo?

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, señaló que este mecanismo canaliza donaciones del sector privado y del exterior para, fundamentalmente, proyectos de reconstrucción. «Se puede donar para financiar ciertos proyectos o se puede hacer una donación en especie», especificó.

«Todas esas donaciones generan un beneficio tributario que consiste en un crédito tributario por el 50% de la donación, o sea, una rebaja directa del impuesto que le toca pagar al donante. El resto, cuando son donaciones de empresas, se considera gasto para producir renta, por lo tanto, reduce la base del impuesto de primera categoría, es decir, reduce en un 27% ese componente de la donación», explicó Marcel.

Además, el titular de Hacienda expresó que «en la práctica, con las donaciones que hacen los privados, el 65% de esa donación la aporta el Estado a través de los beneficios tributarios que conlleva».

También se refirió al destino de la donación, afirmando que «no es una donación ciega», ya que los beneficios resultan en construcciones para la comunidad.

«Vamos a generar un catálogo de proyectos, donde el donante puede escoger a qué proyecto particular quiere donar, por ejemplo, a la reconstrucción de una escuela, de una posta o de un centro comunitario», acotó.

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