Histórica multa interpuesta contra salmonera noruega es declarada inconstitucional

Por: El Desconcierto | Publicado: 08.04.2022
Histórica multa interpuesta contra salmonera noruega es declarada inconstitucional /
La histórica multa interpuesta contra la salmonera MOWI por el masivo escape de salmones ocurrido en 2018 fue declarada inconstitucional por el TC.

En un fallo dividido, el Tribunal Constitucional falló a favor de la salmonera noruega Mowi, la cual había sido multada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con más de $5.300 millones por un escape de 692.000 salmones ocurrido el año 2018 en Calbuco, Región de Los Ríos, informó el sitio Salmonexpert. 

Esto luego que, el 26 de marzo de 2021, Mowi Chile recurrió al Tribunal Constitucional (TC) con requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 118 quáter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, luego de la multa de la SMA.

Dicho artículo señala que “en caso de escape o pérdida masiva de recursos en sistemas de cultivo intensivo o el desprendimiento o pérdida de recursos hidrobiológicos exóticos en sistemas extensivos, se presumirá que existe daño ambiental de conformidad con la Ley Nº 19.300 si el titular del centro no recaptura como mínimo el 10% de los ejemplares en el plazo de 30 días contado desde el evento, prorrogables por una vez en los mismos términos”.

Si bien la SMA sancionó a la compañía por no alcanzar a recapturar los peces escapados y el Consejo de Defensa del Estado presentó una demanda por este hecho, Mowi afirma que no existió daño ambiental derivado de la fuga masiva.

En su fallo, el TC habla de una presunción que no puede ser comprobada. “La actora reclama que, tanto la Superintendencia al sancionar, como el Consejo al demandar y también las comunidades denunciantes, pretenden sustraerse de probar todos los elementos de la responsabilidad dando por acreditado el daño única y exclusivamente en virtud de la aplicación de la presunción del artículo 118 quáter, agravándolo en virtud de la misma norma y presunción, y a su vez declarando dicho daño ambiental como irreparable, y calificar la infracción como gravísima, todo fundando únicamente en la referida presunción y sin posibilidad de defensa efectiva”, señala el TC.

Al respecto, a través de un comunicado la empresa señalo que: “La reciente resolución del TC confirma la postura sostenida por Mowi Chile desde el inicio del procedimiento sancionatorio efectuado por la SMA, en el sentido que el daño ambiental debe probarse y no presumirse, resguardando además, los principios de igualdad ante la ley y el debido proceso”.

Urgencia de una nueva legislación

Para, Javiera Calisto, directora jurídica de Oceana Chile, el polémico fallo del TC demuestra la necesidad de actualizar y mejorar la actual legislación en la materia.

“La decisión del Tribunal Constitucional, en el caso del escape de salmones de Mowi, nos demuestra con toda claridad que la ley que hoy tenemos y que regula los escapes no está funcionando. Es prácticamente imposible establecer sanciones a una empresa cuando desde sus centros hayan escapado salmones” explica Calisto.

En este sentido, la directora jurídica de Oceana Chile agrega que “en estas semanas, la Comisión de Pesca y Acuicultura de la Cámara de Diputados y Diputadas se encuentra revisando un proyecto que prácticamente se encuentra en sus instancias finales y que entre otras cosas, sanciona de manera efectiva el escape de cada uno de los ejemplares que no sea recapturado, eliminando así largos juicios que hasta ahora impiden que se concreten las sanciones. Nuestro llamado es a las autoridades legislativas a que aprueben a la brevedad este proyecto de ley”.

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