Cuando hay un acceso público cerca: La única ocasión en que sí pueden negar acceso a playa

Por: María del Mar Parra | Publicado: 04.01.2024
Cuando hay un acceso público cerca: La única ocasión en que sí pueden negar acceso a playa Difícil acceso a playas, Puerto Varas. / Foto: Agencia UNO
Tras la polémica ocurrida en el Lago Budi, autoridades llaman a denunciar la negación de acceso a playas. Propietarios deben facilitar el acceso de terceros a la playa, lago o río siempre y cuando no haya un acceso público cercano que esté abierto.

Hasta la Ministra de Bienes Nacionales tuvo que intervenir luego de una polémica ocurrida en el Lago Budi en que una propietaria echó a turistas que querían acceder a la ribera del lago, ya que según ella estaban dentro de su propiedad.

“Nadie puede impedir el acceso a un mar de playa, río, estero o lago”, declaró en los medios la ministra Marcela Sandoval, llamando a la ciudadanía a denunciar estas situaciones de negación del acceso al agua a través de la página web del ministerio.

¿Qué dice la ley?

Los dueños de terrenos frente a las playas deben facilitar el acceso de terceros de forma gratuita a la playa, río o lago, en el caso de que no haya ninguna vía o camino público cercano habilitado para acceder, o en caso de que el acceso público exista, pero esté cerrado.

También se puede denunciar en caso de que una persona esté controlando, impidiendo o cobrando por utilizar la única vía de acceso. Los hoteles tampoco pueden negar el acceso a una playa, aunque eso no significa que cualquier persona pueda acceder a dependencias del hotel con la excusa de acceder a la playa.

Las personas que nieguen el acceso a playas, lagos, etc. pueden ser sujetas a multas de hasta $ 6 millones, o incluso el doble si existe reincidencia. Lo que sí está habilitado es el cobro por estacionar en el acceso a la playa.

 

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