OPINIÓN | Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP): Un paso necesario para la protección del Patrimonio Natural de Chile

Por: Vicente Pantoja / Presidente Comisión de Biodiversidad – Colegio de Ingenieros en Recursos Naturales A.G. | Publicado: 12.04.2021
OPINIÓN | Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP): Un paso necesario para la protección del Patrimonio Natural de Chile / @PEtchegaray
En los últimos días, ha circulado una campaña anónima llamada #NoQuieroSBAP cuyo contenido causa confusión sobre el proyecto de Ley que creará el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), entorpeciendo la construcción de un diálogo sano en pos de lograr una buena Ley para el país. Como Colegio de Ingenieros en Recursos Naturales hacemos el llamado a todos los actores a seguir la discusión del proyecto de ley en la cámara de diputados, monitorear los temas que aún quedan pendientes y por supuesto, a trabajar en los consensos y avanzar en la tramitación y pronta aprobación de esta nueva Institución.

En los últimos días, ha circulado una campaña anónima llamada #NoQuieroSBAP cuyo contenido causa confusión sobre el proyecto de Ley que creará el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), entorpeciendo la construcción de un diálogo sano en pos de lograr una buena Ley para el país. Ante esto, explicamos las principales ventajas que tendrá este nuevo Servicio -en discusión hace más de 10 años- y por qué es tan importante aprobar esta Ley cuanto antes:

  1. Se creará un Servicio con un objetivo claro, que terminará con la dispersión institucional: El nuevo servicio solo se dedicará a la conservación de la biodiversidad del país y con ello se resolverá la duplicidad de recursos y descoordinación actual, en que 7 instituciones ven temas parecidos: CONAF, SAG, SERNAPESCA, SUBPESCA, CMN, Ministerio de Bienes Nacionales, y la Subsecretaría del Medio Ambiente.
  1. Se crearán nuevas herramientas de protección: El nuevo servicio tendrá nuevas funciones que fortalecerán el cuidado de nuestro patrimonio natural, destacando:
  • Administrar el Fondo Nacional de la Biodiversidad, para financiar proyectos de conservación (ej. investigación, restauración, prácticas productivas sustentables, etc.).
  • Aplicar y fiscalizar normas de protección, rescate, rehabilitación, reinserción, observación y monitoreo de especies.
  • Administrar el Sistema de Información y Monitoreo de la Biodiversidad.
  • Implementar los planes de manejo para la conservación de ecosistemas, planes de restauración ecológica y los planes de recuperación, conservación y gestión de especies amenazadas (RECOGE)
  • Desarrollar e implementar los planes de prevención, control y erradicación de especies exóticas invasoras.
  1. Se unificarán definiciones y estándar de protección: Con la aprobación de La Ley se ordenarán las diversas definiciones de áreas protegidas que existen en nuestro país, dejando solo 6 categorías: (1) Reserva de Región Virgen, (2) Parque Nacional, (3) Monumento Natural, (4) Reserva Nacional, (5) Área de Conservación de Múltiples Usos, (6) Área de Conservación de Pueblos Indígenas. En las primeras tres, se prohibirá explícitamente el uso de recursos naturales, lo que es relevante porque hasta ahora este tipo de actividades han afectado la protección de estas áreas. En las otras 3 categorías será posible el uso de recursos naturales pero solo si es sostenible y acorde al objetivo del área.
  1. Aumentarán las restricciones a las concesiones en áreas protegidas: Actualmente hay dos tipos de concesiones en áreas protegidas: (1) CONAF puede autorizar servicios de alojamiento, transporte, navegación, turismo, entre otros; y (2) el Ministerio de Bienes Nacionales puede autorizar turismo en parques nacionales. En la práctica, ambas figuras, han afectado los objetivos de conservación de las áreas.

Al aprobarse la Ley, este tema se ordenará, limitándose las concesiones sólo a proyectos turísticos de baja escala y amigables con el medio ambiente, investigaciones científicas y proyectos de educación, pudiendo otorgarse hasta por 30 años (el número de años sigue en discusión), y siempre que se tenga un plan de manejo que proteja el área.

Las concesiones también podrán transferirse, pero solo si el Servicio comprueba que se cumplieron los requisitos ambientales. En caso contrario, se pondrá fin a la concesión. Esto es un gran avance porque hoy las concesiones se transfieren libremente sin ninguna restricción. En base a esto, no es cierto que la concesión sea una forma de vender áreas protegidas como señala la campaña #NoQuieroSBAP, por el contrario, solo es un contrato para usar el área con fines específicos y bajo el control del nuevo Servicio.

  1. Se entregará más poder a la ciudadanía: El nuevo servicio podrá incluir a la ciudadanía y, en especial, a las comunidades indígenas, en la gestión de las áreas protegidas mediante convenios, con derechos y deberes para cada actor. Esto es un gran avance porque actualmente los convenios son genéricos y la participación solo es consultiva y de buena fe, sin vinculación legal, lo que ha significado una débil protección de las áreas protegidas. En países como Nueva Zelanda, donde el Servicio de Biodiversidad posee bases legales sólidas y un equipo especializado, el nivel de gestión en las áreas protegidas es totalmente superior al chileno, con un trabajo ordenado, eficiente y beneficioso que ejecutan todo tipo de agrupaciones como ONGs, vecinos, voluntariados, clubes de tercera edad, escuelas, etc.
  1. Se fortalecerá la fiscalización y sanción: Si bien reconocemos el gran trabajo realizado por SERNAPESCA o CONAF, estas instituciones no están facultadas para sancionar fuertemente las acciones que afectan las áreas protegidas. Frente a esto, el nuevo Servicio será el único que podrá fiscalizar y sancionar los incumplimientos de los planes de manejo, permisos, concesiones, la compra y venta (en caso de áreas privadas) y en general, todas las actividades que se hagan en las áreas protegidas, pudiendo sancionar con: a) Multas de hasta 10.000 UTM ($500.000.000 pesos aproximadamente); b) Restitución total de beneficios tributarios (en caso de recibirlos bajo esta ley); c) Revocación de concesiones o permisos y; d) Prohibición de ingreso a las áreas protegidas (por hasta 15 años).

En definitiva, esta Ley va en la dirección correcta de modernizar nuestra institución, dotándola de recursos humanos, económicos y de herramientas y mecanismos jurídicos más eficientes, que permitirán proteger el patrimonio natural del país. Y si bien aún hay varios elementos y materias que pueden seguir mejorando en materia legal, no vemos retrocesos respecto de la situación actual de los recursos naturales.

Por todo lo anterior, como Colegio de Ingenieros en Recursos Naturales hacemos el llamado a todos los actores a seguir la discusión del proyecto de ley en la cámara de diputados, monitorear los temas que aún quedan pendientes y por supuesto, a trabajar en los consensos y avanzar en la tramitación y pronta aprobación de esta nueva Institución. #YoQuieroSBAP

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