Mina Invierno: presentan nuevo informe sobre daño paleontológico no evaluado por el proyecto minero

Por: El Desconcierto | Publicado: 11.08.2020
Mina Invierno: presentan nuevo informe sobre daño paleontológico no evaluado por el proyecto minero Mina Invierno / Foto: Agencia Uno /
El documento de la ex jefa de la división de sanción y cumplimiento de la Superintendencia Del Medio Ambiente (SMA) se incluye como un aporte a la deliberación de los magistrados de la Corte Suprema, quienes deben fallar si la resolución del Tercer Tribunal Ambiental de paralizar las tronaduras se ajustó a lo que indica la ley o no.

Informe en derecho de la abogada, académica y ex jefa de la división de sanción y cumplimiento de la SMA, Marie Claude Plumer, fue presentado ante la Corte Suprema para apoyar que, al no contarse con la información suficiente para probar la inocuidad de las tronaduras en los restos paleobotánicos de la formación Loreto en Isla Riesco, la decisión del Tercer Tribunal Ambiental de rechazar las tronaduras es la adecuada.

Así lo constata el documento titulado “El Componente Paleontológico en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental – Proyecto Tronaduras, Mina Invierno”, el que fue adjuntado este lunes 10 de agosto a la causa, la cual se encuentra a la espera de que la Corte Suprema llame a las partes a audiencias de alegatos, como apoyo a los argumentos del fallo del tribunal ambiental que el 20 de agosto de 2019, el que resolvió paralizar la extracción de carbón por medio de tronaduras.

“Este informe confirma las razones que llevaron al Tercer Tribunal Ambiental a rechazar el proyecto de Tronaduras, pues sostiene que el impacto sobre el componente paleobotánico debe ser estudiado detalladamente, en razón del tratamiento que le da la legislación vigente. En el caso, en cambio, él SEA y Mina Invierno han utilizado información que no es completa ni útil para saltarse la obligación de hacer un estudio de línea de base y una adecuada predicción de impactos”, comentó Diego Lillo, Coordinador de Litigios de ONG FIMA.

Entre sus argumentos, Plumer sostiene que las formaciones paleontológicas son particulares ya que el patrimonio cultural es esencialmente frágil, por lo que es indispensable la acción de tutela del Estado para proteger su integridad. El patrimonio cultural es un componente no renovable, que requiere una aproximación científica y técnica para su protección, siendo esta conservación relevante para el conocimiento acerca de la historia de la vida y la geología del país.

En ese sentido, correspondería que en el caso se evalúen los impactos significativos, es decir, la magnitud (importancia) de las alteraciones que el Proyecto Tronaduras generará en el patrimonio paleontológico, y no la extensión de estos efectos como indica el informe presentado por la Minera. En otras palabras, una correcta evaluación deberá realizar un análisis cualitativo de los impactos, considerando la trascendencia de las piezas, el sitio donde se emplazan, el carácter extraordinario y único de su especie, el valor científico e histórico para nuestro país y mundo de aquellos ejemplares, entre otras consideraciones.

Desde Alerta Isla Riesco, Ana Stipicic señaló que “este informe sustenta los argumentos que hemos venido sosteniendo desde que se inició este proyecto, ya que es imposible evaluar los impactos de las tronaduras en un territorio tan delicado como la Formación Loreto en Isla Riesco sin la existencia de una línea de base, estudio que nunca fue exigido a Mina Invierno, por lo que nunca debieron aprobarse las tronaduras”.

https://www.eldesconcierto.cl/2019/09/11/mina-invierno-logra-llevar-el-proyecto-tronaduras-hasta-la-corte-suprema/

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