Nueva Constitución: ¿Qué significa que el agua y el aire sean inapropiables?

Por: Bienes Comunes | Publicado: 19.04.2022
Nueva Constitución: ¿Qué significa que el agua y el aire sean inapropiables? /
Desde la Comisión de Medio Ambiente de la Convención enfatizaron que “no se le va a quitar el agua a los pequeños propietarios ni a los pequeños agricultores. En ningún caso van a ser desprovistos del agua que hoy día utilizan para su producción”.

El día de ayer el pleno de la Convención Constitucional aprobó incluir en el borrador de la nueva constitución cinco nuevos artículos emanados de la Comisión de Medio Ambiente, entre los que destacan el libre acceso a la naturaleza y la definición del aire y el agua como bienes comunes inapropiables.

Sobre los bienes comunes naturales se aprobaron los siguientes artículos:

Artículo 12 A

Señala que los bienes comunes naturales son el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos y el subsuelo. 

Además, establece que son bienes comunes inapropiables el agua en todos sus estados y el aire.

Artículo 12 B

Define el rol de custodio del Estado y sus diferentes deberes, según la clasificación del bien.

Sobre los bienes inapropiables se indica que deberá: preservar, conservar y restaurar, así como también, administrarlos de forma “democrática, solidaria, participativa y equitativa”. Mientras que, con los bienes susceptibles de dominio privado, el Estado tendrá la facultad de “regular su uso y goce”.

Artículo 12 C

Establece que cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales. Para ello, la ley determinará el procedimiento y los requisitos de esta acción.

Artículo 12 D

Dispone que el Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables.

Al respecto, la coordinadora de la comisión de Medio Ambiente, Camila Zárate, fue enfática en recalcar que esto no implica entregar un “derecho de propiedad”.

“Las autorizaciones de uso ya no van a entregar propiedad respecto a estos bienes comunes. Habrá una administración equitativa, ecológica y con criterios de responsabilidad, con protección del ciclo hidrológico”, precisó la constituyente.

Entonces, ¿Qué significa que el agua y aire sean inapropiables? 

Para explicar este punto, los coordinadores de la Comisión de Medio Ambiente de la Convención señalaron lo que se espera ocurra en el caso del agua.

“El agua, que es un elemento esencial para la vida, ya no va a ser una propiedad. La importancia de este bien común es el rol de custodio que va a tener el Estado, que va a poder entregar una autorización de uso responsable, que entregue también obligaciones a quienes tengan que utilizar estos bienes comunes”, puntualizó la coordinadora Camila Zárate.

Siguiendo esa misma línea, el coordinador Juan José Martin enfatizó queno se le va a quitar el agua a los pequeños propietarios ni a los pequeños agricultores. En ningún caso van a ser desprovistos del agua que hoy día utilizan para su producción”.

Reiteró, para aclarar informaciones que apuntan a que esta norma afectaría a pequeños agricultores, que “no se le está quitando el agua a nadie, sino que están poniendo normas que tienen cabida en cómo funciona la gestión del agua en la mayoría de los países del mundo, a diferencia nuestra”.

 

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